Antenas parabólicas en la comunidad

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Un problema muy frecuente en los edificios de vecinos es la instalación de antenas parabólicas en la comunidad. Suele ser un foco de conflicto en el que es muy difícil ponerse de acuerdo, ya que siempre habrá partidarios y detractores. Y no sólo esto, sino que después siempre vienen las quejas de la señal, que si llega al quinto pero en el primero la tele no se ve, que a ratos va y a ratos no…En fin, un no parar de ir y venir de vecinos con el problema de la antena. A continuación vamos a dedicar este post a esclarecer todo lo relativo a las antenas comunitarias e individuales.

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La antena colectiva en la comunidad

Las antenas parabólicas en la comunidad, cuando son colectivas, es un elemento común. Se trata de una infraestructura que accede a la captación de las señales de telecomunicación y a su vez, son transmitidas a través de la instalación a las viviendas y/o locales.

Su instalación está muy extendida, por ello, desde 1998 los edificios que sean de nueva construcción, deben disponer de la preinstalación de los servicios de telecomunicación. Cabe destacar que si se trata de una edificación antigua en la que se prevé una rehabilitación, el proyecto de reforma, debe contar con la instalación de esta infraestructura de antenas parabólicas en la comunidad.

¿Es obligado tener una antena colectiva en la comunidad?

La respuesta es NO. Pero en la práctica todo es un poco diferente. Si no hay antenas parabólicas en la comunidad que sean comunitarias y van a ser instaladas, debes saber que puedes votar en contra.

En la actualidad es suficiente con un 33% de votos positivos para realizar la instalación de la antena colectiva. Aquellos vecinos que se hayan negado a su instalación, no están obligados a pagar los costes derivados de la instalación de antenas parabólicas en la comunidad. Pero por ende, tampoco podrán beneficiarse de la utilización de la misma, puesto que no tendrán acceso.

Antenas parabólicas en la comunidad

Ahora bien, si en el futuro esa persona cambia de opinión y desea acceder a los servicios de telecomunicaciones por la antena comunitaria. Debe hablar con la comunidad de vecinos para ver qué solución se puede plantear. Según indica la Ley, se podría beneficiar del servicio si accede a pagar el importe que hubiera correspondido por su piso, pero ¡ojo! el importe actualizado.

Problemas con la antena colectiva

Aquí llegamos a uno de los puntos más candentes de toda comunidad… ¡la televisión no se ve bien! En ocasiones sucede que la televisión o ciertos canales se ven en unos pisos y en otros no. También puede ocurrir que haya interferencias o que la imagen vaya por un lado y el sonido por otro. Es importante conocer que la señal de las antenas parabólicas en la comunidad debe llegar correctamente a todos los vecinos. Por lo que si no es así, puede ser un problema de distribución. Sería necesario chequear toda la instalación y en su defecto instalar un amplificador de antena colectiva para que se garantice una visualización perfecta en todas las viviendas del edificio.

Cómo instalar una antena parabólica en la comunidad

Aquí tenemos otro tema candente, la instalación de antenas parabólicas en la comunidad, pero individual de cada vecino. Un claro ejemplo serían las antenas parabólicas con las que se pueden recibir canales de otros países diferentes a España. Y que por tanto, no se puede acceder a ellos a través de la antena comunitaria.

¿Se puede instalar una antena individual en la comunidad si ya existe una colectiva?

Con la Ley en la mano la respuesta es SÍ, según el Real Decreto Ley de 1/1998. Pero cuidado, existen dos condicionantes a su instalación. El primero es que no perjudique la infraestructura del edificio. Y la segunda que no interfiera ni cambie las señales existentes. Por lo que en ocasiones no se autoriza a su instalación si esta se realiza en el balcón de una de las viviendas ya que daña la estética del edificio en su conjunto.

Antes de instalar la antena parabólica individual, debe de comunicarse la intención al presidente de la comunidad. Conjuntamente habrá que aportar todos los informes y licencias administrativas necesarias para su instalación. El Presidente tiene 15 días para responder formalmente a la solicitud.

Normalmente se autoriza y sólo es posible desestimar la solicitud en caso de que ya existiera una infraestructura comunitaria dónde este vecino pudiera conectarse. O también en el caso de que estuviera prevista la instalación de una nueva antena comunitaria en el plazo de 3 meses. Siempre y cuando tuviera con la antena comunitaria acceso al mismo contenido que hubiera tenido con la antena individual.

De modo que, si la infraestructura actual no dispone de los canales que el vecino solicita o no se instala en el plazo máximo de 3 meses, el vecino puede instalar su antena. Recordando siempre que no puede dañar la estética del edificio, por lo que deberá instalarla en la azotea. Todo ello sin necesitar su aprobación por parte de la comunidad de vecinos.

Límites a la colocación de antenas parabólicas en la comunidad

Si nos amparamos en el Real Decreto Ley 1/1998 se indica que es conveniente evitar la proliferación de sistemas individuales. Ya que en el caso de instalación masiva de antenas, perjudicaría notablemente la estética de los edificios.

Por esta razón, existen dos casos en los cuales no podría instalarse ninguna antena privada y debería utilizarse una común que diera servicio a todos los propietarios interesados.

  1. Cuando las antenas individuales superen en un tercio al número de viviendas y locales. En este caso las antenas individuales deberán sustituirse por una infraestructura común de acceso a servicios de telecomunicaciones. El pago de esta instalación deberá sufragarse por los vecinos que tengan instaladas las antenas individuales.
  2. En el caso de prohibición municipal para estas instalaciones. Existen ordenanzas urbanísticas que prohíbe la instalación de sistemas individuales, por considerarlos peligrosos o antiestéticos. Por lo que sería necesario instalar una infraestructura común que pagaría el vecino solicitante y los demás vecinos que quisieran utilizarla.

Como hemos dicho anteriormente este es un tema complicado de abordar en comunidades de propietarios. Por lo que te recomendamos que te asesores antes de realizar este tipo de instalaciones y cuentes con expertos en la materia. Conoce qué le puedes pedir a tu administrador de fincas.

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